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Nuestra Señora de Malvinas
martes, 11 de febrero de 2025
Victoria Villarruel, VicePresidente de la Nación, hija de un Héroe que combatió a los subversivos marxistas en Tucumán y a los usurpadores ingleses en Malvinas
lunes, 10 de febrero de 2025
El delito de sospecha en los juicios de lesa humanidad
El delito de sospecha en los juicios de lesa humanidad
Por Gustavo Liendo
Apartir del dictado de la ley 25.779, del 21/08/2003, que declaró insanablemente nulas las leyes de Obediencia Debida (23.492) y Punto Final (23.521), se reiniciaron los juicios denominados de lesa humanidad, en los cuales, en lugar de aplicar a los imputados la presunción de que toda persona es inocente hasta que se pruebe lo contrario, se los obliga a transitar presos las formalidades procesales bajo un aura de culpabilidad hasta que se les dicta sentencia.
Esos juicios se llevan adelante contra quienes figuran en las listas de personas que –para la parte acusadora– llevaron adelante alguna actividad –en forma directa o indirecta– en contra de los grupos subversivos/terroristas que asolaron el país, pero solo si esas actividades sucedieron entre el 24 de marzo de 1976 y el 10 de diciembre de 1983, y a los fines de esos juicios figurar en esos registros es trascendente, porque en ese caso suelen terminar siendo condenados.
Luego esas sentencias en general son confirmadas por los tribunales de alzada, lo cual deja en evidencia que desde los juzgados de primera instancia y hasta la Corte Suprema de Justicia –más allá de la cosmética judicial– se coincide en disponer y/o validar condenas que muchas veces se fundan en una presunción ad hoc, por medio de la cual se considera culpables a los acusados en esas causas por figurar en esos registros. Lo cual es un agravante más al desconocimiento sistemático que padecen los incursos en esos juicios de los derechos básicos que nuestra Constitución nacional garantiza a todos los habitantes, por ejemplo: el juez natural; la irretroactividad de la ley; que nadie puede ser juzgado dos veces por el mismo hecho; el principio jurisprudencial dispuesto por nuestro máximo tribunal en relación con que la prisión preventiva no constituye una presunción que no admite prueba en contrario, sino que debe interpretarse armónicamente con el principio de inocencia; que toda persona debe ser juzgada en tiempo razonable; la prisión domiciliaria para las personas mayores de 70 años, cuya denegatoria genera que los únicos ancianos dentro de la población carcelaria sean los incursos en esos delitos, etc.
Por lo tanto, el tema de esta columna es el efecto de la presunción en las causas de lesa humanidad, y para ello bueno es empezar explicando que la ley les asigna validez a determinadas circunstancias, estableciendo que algunas de esas presunciones admiten prueba en contrario, son las identificadas como Iuris Tantum, pero también existen presunciones legales que no admiten prueba en contrario, a esta últimas se las conoce como Iure Et De Iure, que es una expresión del latín que podría traducirse como “de derecho y por derecho” o “de pleno y absoluto derecho”.
Naturalmente, estas presunciones deben encontrarse establecidas por la ley, lo cual significa que el legislador tiene que indicar en forma clara ante la presencia de qué circunstancias corresponde aplicar presunciones Iuris Tantum o Iure Et De Iure,
Dentro de las presunciones legales Iuris Tantum, podemos citar cuestiones del derecho de familia, por ejemplo el artículo 566 del Código Civil y Comercial, que establece la presunción de filiación para aquellos nacidos después de la celebración del matrimonio y hasta los trescientos días posteriores al inicio del divorcio o nulidad del matrimonio, separación de hecho o muerte del cónyuge; otro ejemplo para este tipo de presunciones es la mayoría de edad legal por medio de la cual la ley presume que una persona está en condiciones de actuar de un modo viable y seguro para que un acto tenga eficacia jurídica.
Estos ejemplos y otros que dispone la ley bajo modalidad de presunciones Iuris Tantum valen mientras no se pruebe lo contrario, y la causa de su existencia en el derecho es evitar discusiones innecesarias y facilitar el desarrollo de los procesos judiciales, siempre que ello no afecte la seguridad jurídica.
En cuanto a la aplicación de la presunción Iure et de Iure, esta persigue los mismos objetivos que la anterior, pero la ley que las establece debe limitar su uso a circunstancias que indiquen que estamos ante un hecho o un derecho incontrastable, toda vez que no admite prueba en contrario.
Como ejemplos de presunciones Iure et de Iure dentro de nuestro ordenamiento legal puede citarse la deuda de intereses que el deudor debe a partir de su mora conforme lo dispone el artículo 768 del Código Civil y Comercial, porque es una presunción que no admite prueba en contrario, visto que se basa en la circunstancia de que ante la mora corresponde una indemnización que repare el evidente perjuicio sufrido, y también lo establecido en el art. 794 del Código Civil y Comercial, que dispone que ante una cláusula penal, el deudor no puede eximirse de pagarla acreditando que el acreedor no sufrió perjuicio.
Ahora bien, en mi opinión, en el derecho penal no deberían existir las presunciones Iure et de Iure porque vulneran la garantía in dubio pro-reo, que es un principio jurídico que, en consonancia con la garantía constitucional de presunción de inocencia (que es de la especie Iuris Tantum), implica que, en caso de duda, esta favorecerá al acusado de la comisión de un delito.
Pero más allá de mi parecer, la realidad es que existen dentro del Código Penal presunciones Iuris Et De Iure, como es el delito de dádiva tipificado en el artículo259 del Código Penal, porque la ley presume, sin aceptar prueba en contrario, que todo funcionario público que acepta una dádiva es un corrupto que la recibe para dañar el bien jurídico protegido, que en ese caso es el debido funcionamiento de la cosa pública que se encuentra a su cargo: es decir que la ley sanciona a un funcionario para proteger ese bien jurídico, cuyo daño la ley no requiere que se produzca, lo cual, en mi opinión ubica este delito como violatorio del principio de inocencia que garantiza nuestra Constitución nacional, porque si no es necesario acreditar la causalidad entre la aceptación de un regalo y un daño sobre el bien jurídico protegido (como si sucede en el cohecho), es claro que nos encontramos con un tipo de delito que se aplica ante una presunción que no acepta prueba en contrario, y es justamente por eso que parte de la doctrina ubica ese tipo de delitos como “de sospecha”.
Todo este recorrido fue desarrollado para explicar que, en mi opinión, en los juicios denominados de lesa humanidad muchas veces se aplica a los imputados un procedimiento similar, lo cual produce que, además de padecer las violaciones ya indicadas en contra de sus derechos y garantías constitucionales, al figurar en los registros que la parte acusadora acompaña en cada uno de esos juicios para identificarlos, esa información pasa a ser trascendente si no se logra acreditar que con su accionar dañaron el bien jurídico protegido, porque entonces se recurre al contenido de esos archivos, los cuales esencialmente indican la prestación de servicios de esas personas en algún destino militar o civil entre marzo de 1976 y diciembre de 1983. Y con esa evidencia se constituye un tipo de delito de sospecha bajo el mismo razonamiento por el que la ley dispone que el funcionario público que recibe un regalo es un corrupto, pero en estos asuntos, y sin ley que lo avale, se los considera punibles de delitos de lesa humanidad fundado en el sofisma de que si figuran en esos legajos algo malo debieron haber hecho.
Gustavo C. Liendo
Abogado y doctor en Derecho
Carta del Teniente Coronel Ariel Valdiviezo a Carrió
DURÍSIMA Y REVELADORA CARTA DEL SEÑOR TENIENTE CORONEL DEL EJÉRCITO ARGENTINO, ACTUAL PRISIONERO DE GUERRA/POLÍTICO, ARIEL VALDIVIEZO, PARA LA DIPUTADA LILIANA CARRIÓ
Por el Teniente Coronel EA Ariel Valdiviezo.
CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, 30 de octubre de 2017.
CARTA ABIERTA A LA Dra. ELISA MARINA AVELINA CARRIO.
Vicente López 1649, Recolecta (CP 1001),
CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
ESTA CARTA LA TITULO “LOS ARGENTINOS AMANTES DE LA ILEGALIDAD Y DE LA HIPOCRESÍA” SEGUNDA PARTE.
Siento la necesidad imperiosa como coya que se educó trabajando años enteros en la agreste Quebrada de Humahuaca, donde todo el trabajo era manual, días enteros agachados en los surcos para que la Pacha Mama (Tierra Santa), nos diera sus frutos y así vivir honestamente con el sudor de nuestra frente, lo que me enseñó a luchar por la vida haciéndome, gracias a mis padres, a ser un hombre íntegro y honesto, que como Ud. sabe, son dos cosas totalmente deferentes, por eso es que siempre digo que antes que nada soy VALDIVIEZO.
Me he tomado la libertad de leer sobre Ud. su amplio currículo, de donde extraigo tres aspectos que son fundamentales para dar validez a las palabras de esta carta, tiene Ud. un posgrado en Derecho Público, fue profesora en Derecho Constitucional y Constituyente en la Reforma de la Constitución Nacional en el año 1994, lo que nos da la pauta que es una profesional con vastos conocimientos sobre la Constitución Nacional, sin embargo, lo que voy a refutarle es muy básico y lo aprendí en la materia de Educación Cívica, en el secundario, cuando estudiaba en el magisterio, de lo que me enorgullezco de ser un simple maestro.
Del guacho Martín Fierro he tomado sus consejos, no los del Viejo Vizcacha que nos enseña lo que ahora como país somos empezando por:
“Hacete amigo del juez
y no le des de que quejarte
cuando se quiera enojar
vos te debés encoger
pues siempre es gueno tener
palenque han de ir a rascarse.”
Y es así como llegamos al día de hoy, donde los jueces que participan en los mal llamados “JUICIOS DE LESA HUMANIDAD”, los políticos que los apoyan, si creen con derecho a disponer de las vidas de las personas, y han logrado que todo un país, acepte de sus políticos sus mentiras y su hipocresía, más aun hasta son aplaudidos por eso, como son aplaudidos los jueces que en sus sentencias, avergüenzan el ordenamiento jurídico mundial.
Y continuando con el Martín Fierro y tomando los buenos consejos de este gaucho, permítame recitarle esta estrofa que pega como anillo al dedo sobre lo que voy a exponerle:
“Hay hombres que de su ciencia
tienen la cabeza llena
hay hombres de todas menas
más digo sin ser muy ducho
más vale el que aprender mucho
el aprender cosas buenas.”
Es indudable que de su ciencia es toda una experta, a la cual no pretendo bajo ningún punto de vista igualarme, pero tampoco pretendo dejarme embaucar con sus mentiras y su hipocresía, de manera que voy a contestar a sus palabras promulgadas antes de las elecciones, y discúlpeme señora, me recuerda a Macri diciendo “…se va a acabar el curro de los derechos humanos”, y tengo todo el derecho a dudar de sus palabras, sobre todo cuando mencionó a los presentes no hablar del tema durante la campaña, pues en esa reunión había familiares de militares, y porque no pensar que lo hizo para ganarse los votos de ese sector, DIOS quiera que me equivoque, y que Ud. sea capaz de demostrármelo.
Mientras tanto voy a comentarle las causas por las que tengo todo el derecho de dudar de Ud.
Cuando menciona “porque lo único que va a servir es para embarrar la cancha, no para limpiarla”, está ocultando sus propias palabras, lo que indudablemente no habla muy bien de su integridad, al respecto le quiero aclarar que la cancha ya estaba embarrada, no con barro que sería muy limpio, sino que se la embarró con la misma materia fecal, y la artífice de eso es indudablemente Ud.
Al mencionar “Yo soy autora de la ley de nulidad de obediencia debida y punto final pero nunca busqué la venganza…. hay casos que están bien juzgados y hay casos de los que no se tienen pruebas”.
Este párrafo merece el siguiente análisis y he aquí donde pone en práctica toda su hipocresía y toda su falsedad. Con todos los conocimientos que tiene del derecho, presenta la nulidad de las leyes de la obediencia debida y punto final, en total acuerdo con el Kishnerismo, hace que su ley sea aprobada por el Congreso, derogando las otras dos, Ud. no ignoraba que esas leyes eran totalmente legales, que la Corte Suprema de Justicia de Nación (CSJN) las había convalidado declarándolas legales. Tampoco ignora que la ilegalidad o legalidad de una ley es facultad exclusiva de la CSJN, pero esa CSJN ya las había decretado legales. Es decir que el Congreso de la Nación se atribuyó facultades que son exclusivas de la CSJN, por lo que Ud. fue el principal artífice, del mamarracho jurídico más grande de la historia judicial argentina.
Ante la aprobación de su ley y ante tal mamarracho jurídico existía para Ud. y el gobierno un serio problema, enderezar semejante violación a la Constitución Nacional y a su división de poderes, y para ello necesitaban una Corte adicta, la solución fue la remoción de casi todos sus miembros (menos el Dr. Fay), por el gobierno, y en su lugar se nombra ya condicionados a llevar una política de estado, a Jueces como Zaffaroni, denunciado por manejar prostíbulos, Lorenzetti terrorista montonero, nombre de guerra “El Mono”, Nolasco acusada de cobrar la indemnización como desaparecida.
Todas estas personas, el Congreso de la Nación del cual Ud. formaba parte, y el poder Ejecutivo fueron “QUIENES DISEÑARON Y EJECUTARON UN PLAN DE ENCUBRIMIENTO CRIMINAL DE LAS ORGANIZACIONES TERRORISTA NACIONALES, Y EL EXTERMINIO DEL PERSONAL DE LAS FUERZAS ARMADAS, FUERZAS DE SEGURIDAD Y FUERZAS POLICIALES Y PERSONAL CIVIL”, que las enfrentaron.
En otra parte de su alocución menciona “…hay casos que están bien juzgados y hay casos de los que no se tienen prueba”, la verdad que me da vergüenza tener que explicarle lo que Ud. sabe mucho mejor que yo, ninguno de estos juicios son legales por lo que no se puede juzgar penalmente si el delito no existía, le recuerdo que los delitos nacen con la ley, porque parece que en lo que le conviene, su memoria es demasiado frágil, voy a retrotraerla al año 1984, causa conocida como 13/84, juicios a los Comandantes de las tres Fuerzas Armadas, fue el primer juicio a los militares, y esto también Ud. lo sabe que fue totalmente ilegal, aunque todo este pueblo cobarde y sumiso aplaudió a rabiar la ilegalidad del juicio, como aplaude ahora la ilegalidad de los mal llamados juicios de lesa humanidad.
La ilegalidad de este juicio, para los que no lo saben y en eso a Ud. la descarto, tiene en sí, un mérito impresionante, es la primera vez que el Estado (Presidente ALFONSIN defensor oficial del Terrorista Mario Roberto Santucho, Jefe del Ejército Revolucionario del Pueblo), viola abiertamente el Art. 18 de nuestra Constitución Nacional, al juzgar a estos Jefes Militares con jueces penales, en vez de ser juzgados por jueces militares, es decir lo sacan de los jueces naturales, y el segundo gran mérito es juzgar hecho militares, con el Código Penal de la Nación.(en este caso hechos de guerra, porque así lo establecía el Código de Justicia Militar y lo dice repetidamente la sentencia de la causa 13/84).
El juzgar a un militar por hechos de guerra con el Código Penal de la Nación, en este juicio como en los mal llamado juicios de lesa humanidad, hay algo que Ud. ni nadie puede refutar, es que de esta forma el poder político se segura la sentencia, porque ambos códigos son diametralmente opuestos.
El Código Penal sanciona por una cachetada y el Código de Justicia Militar, en época de guerra, toda orden significa morir o matar, y eso es totalmente legal, aspecto que no lo ignora, es decir que si un juicio nace violando la Constitución Nacional, es un juicio que ha nacido mal parido, de manera que no entiendo como una profesional de su nivel, de sus conocimientos, puede mentir tan cara duramente manifestando que “…hay casos que están bien juzgados” o que “ hay casos mal juzgados”, cuando Ud. sabe perfectamente que son todos los juicios de nulidad absoluta.
Respecto a que nunca buscó la venganza, también tengo mis muy serias dudas, ya habían sido mal juzgados los Comandantes en Jefe de las Fuerzas Armadas y sentenciados por todos esos hechos, que a pesar de la ilegalidad de ese juicio, al menos en la sentencia se ajustó, a mi entender, a lo que el Código de Justicia Militar manifestaba en su Art 514 que: “El superior que hubiere dado la orden es el único responsable…”, por eso le pregunto ¿Porque lo hizo? ¿Porque fue la primera colaboradora en que se viole la Constitución Nacional que ayudo a reformar? y si mal no recuerdo el Art 18 de la Constitución Nacional, desde 1853 nunca fue modificado y nunca ningún congresista, entre ellos Ud, modifico una coma del mismo.
Podría continuar con mi vulgar léxico nada jurídico, pero no seguiré analizando sus palabras porque las mismas estén llenas de ilegalidad e hipocresía, las que se magnifican aún más al tratarse de una abogada de tamaña capacidad, solo quería mencionar su proceder, que no solo, entiendo que fue de venganza, porque al abrir esa puerta violando nuestra Carta Magna sabía que quedaba abierta la puerta para que sean juzgados los que solo cumplieron órdenes, y así se encuentran ahora en cárcel cabos y subtenientes que nada tenían que ver, con los hecho que nos impusieron por un lado las organizaciones terroristas y por otro lado el Estado Argentino que ordeno aniquilar a estos terroristas guerrilleros.
En cuanto a lo que dice de los Derechos Humanos, es cierto, los mismos deberían ser para todos, pero nunca la vi, ni la escuche antes de esto, defender los derechos humanos de los soldados que defendieron la Patria en dos oportunidades, guerra contra la subversión y la guerra de Malvinas, y si lo hizo fue para defender a la de los terrorista, nunca la escuché reprochar cuando los viejos militares se morían en los juicios por falta de atención médica, o cuando eran llevados en camilla a los juicios, inmediatamente luego de una operación para que el circo sea completo, o ante las sentencias falaces de la Corte Suprema de Justicia defecando sobre los principios universales del derecho penal, en los juicios que Ud. bien conoce.
Dice ser Católica Apostólica Romana, creo señora que debería hacer un serio análisis de conciencia, su participación en la anulación de las leyes mencionadas han llevado al día de hoy al asesinato por parte del estado de más de 450 muertos políticos, de la que directa o indirectamente lleva manchada sus manos de sangre de esos soldados, por eso voy a pedirle señora que deje de mentir tan hipócritamente al pueblo, que se haga cargo de sus acciones, porque entiendo que vale mucho más la vida de una persona, que los millones que Cambiemos pueda lograr para cambiar, además de seguir zanjeando más profundamente la diferencia, entre los Argentinos,
Al estar preocupada en lograr por general consenso, solo demuestra su cobardía, como todo este gobierno, pero también quiero recordarle que lo más no es lo mejor, y menos en un país con un pobre índice de educación, quiero y entiendo que, su única preocupación real es su conveniencia y no hacer nada de lo que sea correcto, sino lo que es convenientemente político, y esa conveniencia lleva a la muerte a soldados que guerrearon por Ud. y por todos los argentinos
Para terminar solo me queda por decirle, que espero que DIOS la perdone, yo ya la he perdonado, y aunque no lo crea rezo por Ud, pero eso no me impide decir la verdad para que muchos que no la conocen, sepan que habla solo por la boca y no con el corazón, así mismo la invito a que tome contacto conmigo, le proporcionaré todas las pruebas que tengo al respecto de la ilegalidad de los juicios, no solo de su nacimiento, sino también como en ellos se viola la Constitución Nacional y el Código de Procedimientos Penales de la Nación, es decir son juicios sin leyes, donde solo se aplica la voluntad del juez de acuerdo a su conveniencia en el cumplimientos del aniquilamiento de quienes defendieron la Patria.
Pero de todo esto lo más lamentable de Ud. que nos representa, es que conoce perfectamente todo lo que aquí en forma sucinta a mencionado y todavía manifiesta que nunca buscó la venganza, le repito doctora, permítame dudar seriamente de sus palabras.
Sin otro particular saludo a Ud. muy atte.
ARIEL ROLANDO VALDIVIEZO, DNI: 8.196.717
Ariel Rolando Valdiviezo es Teniente Coronel del Ejército Argentino y Maestro de Escuela.
Preso Ilegal e inconstitucionalmente Arrestado
http://prisioneroenargentina.com/.../durisima-y.../
Tucumán, Cuna de la Independencia, sepulcro de la subversión apátrida
Una campaña reivindica el Operativo Independencia: réplica de un gobierno constitucional al desafío de la guerrilla en Tucumán
Se presentan como “patriotas del Movimiento Nacional” y lanzaron una campaña de afiches y un video de reivindicación del Operativo Independencia, iniciado hace 50 años, el 5 de febrero de 1975 “por orden de la presidente María Estela Martínez de Perón, contra el intento secesionista de la subversión apátrida”.
En un comunicado recuerdan que en aquel entonces en el país “se vivía un clima de extrema violencia por parte de organizaciones guerrilleras” y que “fue en ese contexto que Isabel Perón firma el decreto 261/75 facultando al ejército para ejecutar las operaciones militares que sean necesarias a efectos de neutralizar y/o aniquilar el accionar de elementos subversivos que actuaban en al provincia de Tucumán”.
También recuerdan que “el ERP [Ejército Revolucionario del Pueblo, trotskista] formó la Compañía de Monte Ramón Rosa Jiménez, con un planteo foquista: bajar desde el monte tucumano hacia la ciudad y ahí tomar el control de toda la provincia, reclamar el reconocimiento internacional, para luego avanzar sobre el resto del país”.
En las últimas dos décadas se ha instalado un relato sobre esa etapa de la historia argentina que ha sacrificado buena parte de la verdad en aras del revanchismo, instalando una reivindicación acrítica de los movimientos armados de los años 70, que antes que resistir a la dictadura, desarrollaron lo principal de su accionar más violento en plena democracia.
El Operativo Independencia en losEl Operativo Independencia en los diarios de la época
Una romantización del accionar y los fines de la lucha armada lleva prácticamente a creer que formar una organización guerrillera y desafiar a un poder democrático y legal era un derecho ciudadano que no debía ser reprimido.
Se deslegitima de esta manera el derecho del Estado, ocupado en aquel momento por un gobierno democráticamente electo, de defenderse y reprimir una insurgencia.
Entrevistado en 1995, Italo Argentino Luder, que en su condición de titular del Senado ocupó la presidencia entre el 13 de septiembre y el 16 de octubre de 1975 -durante una licencia de Isabel Perón- señaló que, en 1975, “todos los gobernadores y los servicios de inteligencia del Estado señalaban que las fuerzas policiales estaban rebasadas, que no eran suficientes, que no tenían elementos, ni a veces estado físico, ni preparación, para una lucha de esa naturaleza”.
De hecho, recordó que fue él mismo quien dictó el decreto que extendía a todo el país “la orden de que las fuerzas armadas combatieran a la subversión”.
Otro detalle interesante que señala es que “muchos legisladores de la oposición reclamaban medidas más enérgicas contra la subversión, y tenían razón porque las fuerzas policiales estaban rebasadas”.
La mirada deformada de estos años ha sepultado en el olvido el escasísimo arraigo popular que tenían las organizaciones guerrilleras que hablaban en nombre de un pueblo que no las reconocía en absoluto como referentes.
Isabel Perón, durante un actoIsabel Perón, durante un acto en 1975, a su derecha, Ítalo Argentino Luder
El ERP, brazo armado del trotskista Partido Revolucionario de los Trabajadores (PRT), se proponía desde el comienzo abrir un foco insurgente en Tucumán, provincia cuya situación geográfica les evocaba una suerte de Sierra Maestra, escenario de la Revolución Cubana, o una selva vietnamita, dos de los procesos que inspiraban sus proyectos de toma del poder en la Argentina.
Y no se puede entender esto sin el impulso que recibían desde afuera en el contexto de la Guerra Fría, durante la cual las dos potencias en pugna se hacían la guerra en sus respectivos patios traseros a través de otros actores.
En 1970, el ERP planeaba una “primera etapa”, en la que “la lucha armada se reducirá a Tucumán, pero posteriormente se irá extendiendo por todo el Norte hasta llegar a enlazar geográficamente áreas cercanas a regiones urbanas como Córdoba, Rosario, Santiago del Estero, Catamarca, Chaco, Formosa, norte de Santa Fe, etc”. Desde 1972, iniciaron tareas de reconocimiento de la zona con el fin de instalar una unidad de monte y abrir un frente rural para iniciar las acciones de una guerra de guerrillas.
Para el ERP, el regreso de Juan Domingo Perón a la Argentina y su triunfo rotundo en las elecciones no tenían la menor importancia ni modificaba sus planes, por lo que ya en 1973 empezaron sus operaciones armadas.
Miembros de la Compañía deMiembros de la Compañía de Monte del ERP
Luis Mattini, que perteneció a la conducción del PRT, le dijo a Felipe Pigna: “Nosotros no queríamos un régimen de democracia liberal en la Argentina. Nos proponíamos un Estado socialista, y estábamos convencidos de que un Estado socialista solo podía ser conquistado por la fuerza de las armas”.
La misma convicción tenían los Montoneros, que se decían peronistas pero le declararon la guerra al gobierno de Perón.
Entre fines del 73 y comienzos del 74 el ERP continúa con el entrenamiento de sus militantes, el reconocimiento de la zona y la instalación de los primeros campamentos guerrilleros en el monte tucumano. El 5 de mayo de 1974, la Compañía de Monte Ramón Rosa Jiménez del ERP toma la localidad tucumana de Acheral, copa la comisaría, la estación de tren y la telefónica.
El objetivo era llegar a constituir una “zona liberada”, al estilo de otras experiencias guerrilleras de otros países, para instalar allí a la conducción del PRT y del ERP y reclamar el reconocimiento internacional como “territorio independiente liberado”. En concreto, un desafío a la soberanía y a la integridad territorial de la Argentina.
El 11 de agosto de 1974, intentan copar el Regimiento de Infantería 17 en Catamarca, sin lograrlo, En esa acción mueren 16 guerrilleros. Poco después toman la localidad de Santa Lucía y fusilan en la plaza a dos policías, supuestamente culpables de la muerte de Ramón Rosa Jiménez, uno de sus jefes caídos y en cuyo honor habían bautizado al comando.
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También hacen incursiones en la capital tucumana. El 1° de diciembre de 1974, asesinan al capitán Humberto Viola y a su hija. En agosto del 74 habían atacado la Fábrica Militar de Villa María, llevándose armas y secuestrando al subdirector, teniente coronel Argentino del Valle Larrabure, a quien luego asesinarían.
Vale recordar que ya en abril de 1974, estando todavía Juan Perón en la presidencia, éste había firmado un decreto secreto-desclasificado recientemente- en el que afirmaba: “El Estado argentino enfrenta la subversión armada de grupos radicalizados que buscan la toma del poder para modificar el sistema de vida democrático pluripartidista”.
En ese decreto, Perón daba una serie de instrucciones a su gabinete para enfrentar una amenaza que consideraba muy grave. El objetivo: “Eliminar las acciones subversivas violentas y no violentas, las causas que las provocan y consolidar espiritual y materialmente al régimen democrático como ámbito de realización integral del hombre”.
Por el decreto de María Estela Martínez de Perón se inició el operativo que desplegó unos mil quinientos soldados. En Famaillá se instaló el Comando Táctico del general Acdel Vilas, que conducía el Operativo (la localidad está a 35 km de la capital tucumana y a 10 km de los cerros donde se encontraba la guerrilla). Desde allí se lanzaban las acciones de contrainsurgencia, que buscaban aislar a la guerrilla para dificultar su abastecimiento.
Isabel Perón visitó Tucumán en mayo como muestra del apoyo político al operativo.
miércoles, 5 de febrero de 2025
Sistema misilístico Exocet ITB Argentino
EL ULTIMO EXOCET 🚀 ¿sería posible disparar desde tierra un Exocet MM38?, si la armada no estaba dispuesta a defender las islas con buques, podría transferir a las islas algunos misiles para dispararlos desde la costa…
Ésta idea al Capitán Pérez lo cautivo aunque era necesario por lo menos dos meses de trabajo y pruebas, pero solo contaba con unos pocos días, este ingeniero había pasado años ocupado en dominar las artes de instalar los AM 39 en los Super Etendards , y junto con su equipo de seis hombres se había puesto a la altura del desafío, y ahora Otero lo ponía frente a otro mucho más difícil. Pérez, que había pasado casi diez meses en Francia estudiando las complejidades del misil francés, no subestimó la tarea por delante, y luego de 5 días de intensas consultas con sus colegas llegó a la conclusión de que desmantelar los lanzadores del MM38, tal vez de los destructores clase Sumner, el Seguí o Comodoro Py … era posible, pero llevaría tiempo levantar la plataforma inercial que proporcionaban a las computadoras del misil los datos de orientación necesarios para el vuelo, para hacer exitoso el lanzamiento, había que alimentar su sistema interno con una masa de datos de la computadora principal.El Exocet necesitaba una fuente eléctrica de 440 voltios a 60 ciclos, una combinación casi única. Justo cuando Pérez comenzaba a desesperar al no poder encontrar un sustituto, el capitán de corbeta Benjamín Dávila recordó un viejo generador Siemens comprado a los alemanes en 1938, como parte de una batería de reflectores navales. Tras pasar 20 años en un depósito de la base, la enorme unidad, con seis toneladas de peso fue sacada de allí y se comprobó que funcionaba en condiciones óptimas, con la capacidad de producir la corriente necesaria. Era un equipo Alemán como se podía pensar en que no funcionaria!!! El semirremolque en que se pensó instalar los lanzadores debería contar con algunas especificaciones que lo hacían incómodo y con un peso de 5 toneladas.
1-La base tenía que ser robusta para aguantar dos lanzamientos pero con la capacidad de ser llevada a su punto de lanzamiento sin tropiezos que fue llamada ITB, "Instalación de Tiro Berreta", por la precariedad del sistema. No confundir con la firma italiana, acá era muy BERRETA….( Jerga argentina para algo de mala calidad) radar sustituto, para que el misil localizara el blanco.
Pérez confiaba en encontrar uno adecuado en las islas. Con sus improvisadas cajas de control de madera para reproducir el diálogo digital entre el misil y el sistema inercial, logró simular al menos 10 lanzamientos exitosos, al hacer concordar el sistema computadorizado con la memoria de orientación del misil. Había ya sido superado este importante problema, de modo que el generador, el semirremolque y los rack con los misiles extraídos del ARA Segui, fueron embarcados en dos Hércules que harían un vuelo nocturno a Puerto Argentino el 1 de Junio.
Hay que recordar que ese cruce se realizo con todas las fuerzas británicas operando a full eso quería decir que nuestros C130 deberían volar al ras del mar de noche solo tomando algo de altura para corregir su dirección y ver si habían buques enemigos sobre la ruta, hay que decir también que para virar los hermosos y nobles Hércules debían subir algunos metros ya que esa maniobra a ras del mar implicaría que puedan tocar sus alas el agua…...fueron tres intentos de cruce cuando recién se pudo aterrizar en la base Malvinas las dos anteriores fueron abortadas por presencia aérea enemiga. 2- Pocas horas antes del amanecer del 5 de junio, el Gran Radar Westinghouse del Ejército informó la presencia de un buque de superficie alejándose hacia el Atlántico, luego de una noche de labores de bombardeo, el RASIT enclavó el objetivo y se pulso el botón de lanzamiento, pero el misil funcionó mal. Desilusionado, Pérez activo el segundo contenedor, pero omitió tomar en cuenta que el primitivo condensador utilizado necesitaba 20 minutos para calentarse y operar para adquirir los datos telemétricos, y en su entusiasmo, disparó luego de 8 minutos. El segundo misil fue lanzado, pero no dio en el blanco, el barco siguió su marcha sin percatarse del peligro que lo amenazaba.
A todo esto se había quemado un condensador, justamente el único componente ingles del sistema. Se busco un reemplazo en las islas, se hablo con el jefe del Batallón Antiaéreo de la Infantería de Marina (BIAA), que defendía Puerto Argentino. Se necesitaba un diodo casi se diría cualquier diodo similar. Pero la casualidad dio que dentro del kit de repuestos del sistema AA “Tiger-Cat" (de dotación en el BIAA) estaba el mismo diodo. Mismo número de Stock, misma especificación. Realmente fue un milagro!!!
Ahora el equipo solicito con urgencia un segundo juego de Exocet al continente, una vez más nuestras Chanchas (C130) en pocos días los pusieron nuevamente en las islas, después de arribado y ya en posición fueron varias noches donde no habían ecos en el radar Rasit y ahí se produjo una anécdota más de esta historia…. la noche del día 11 era una más de tantas noches esperando a la presa y que se alinearan los parámetros para efectuar el disparo, fue ahí cuando después de tanto armando y desarmando el sistema un integrante del equipo propuso hacer las danza de la lluvia el conocido UKA UKA!!!! Así fue que llegada las 23.00 hs todo el grupo bailo durante varios minutos en la oscuridad esta singular danza india…
A eso de las 02.00 del 12 JUN, se cruza un buque por delante del lanzador, y Ríes Centeno lo capta con el RASIT, al límite de su alcance. Ese fue el destructor HMS Glamorgan, de 5440 toneladas de desplazamiento… estaba a poco mas de 29 km el limite eran 30 no había tiempo para dudas se cargaron los datos con enorme velocidad, el misil activó los sistemas, todos los parámetros estaban en verde y fue lanzado... como en la oportunidad anterior se vio la tobera perdiéndose en el negro horizonte del océano…. luego un relámpago ¿quizás un Sea Cat del buque? y una explosión.
El misil había impactado, las frecuencias de radio estallaron, el flujo de comunicaciones era alto,… inusual, gritos y llantos de emoción de todo el grupo y de otras dotaciones militares que sufrían el acoso inglés .. .
En ese momento el puente de mando del buque británico estaba a cargo del primer oficial que hizo al ver el resplandor del misil una maniobra que a la postres hizo que el daño sea menor en su navío, viro su timón poniendo la popa hacia el misil el cual impacto en el hangar del helicóptero de dotación, de todas formas la explosión produjo 13 muertes y 22 heridos y la pérdida total de operatividad del destructor, ningún navío mas volvió a acercarse a Puerto Argentino hasta la capitulación. 4- Cuando llego el momento final que fue la derrota militar, el Capitán Pérez junto a sus Tenientes estaban dispuestos a volar con granadas todo el equipamiento y fue ahí que un instante antes el Almirante Otero se comunico y pregunto, ¿los Ingleses tienen EXOCET? y la respuesta fue SI SEÑOR, entonces no destruya nada Capitán deje que estos gringos vean que el ingenio Argentino destruyo uno de sus mejores buques… para el mando inglés fue algo imposible de imaginar. El Contraalmirante VGM (R) Julio Marcelo Pérez fue condecorado por la Armada Argentina y el Congreso Nacional por el diseño, construcción y operación del sistema misilístico Exocet ITB Argentino. Condecorado por el gobierno francés con la “Ordre National du Mèrite” en el grado de Comandante.
Por Carlos GRACIANO - Revista de Tiro Argentina